Todas las personas físicas o jurídicas que tengan un seguro contratado pueden tramitar las indemnizaciones directamente a través del Consorcio (902222665) o bien a través de cualquier mediador de seguros habitual.
Si las personas físicas o jurídicas no dispusieran de póliza, el Gobierno central dispone de ayudas complementarias cuya forma de tramitación también se ha trasladado a los ayuntamientos.