Para votar por correo –Hasta el 12 de Mayo de 2011– hay que ir personalmente y con su DNI, a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.
Rellenar y firmar el impreso de solicitud. El funcionario de Correos comprobará la coincidencia de la firma. EN NINGÚN CASO se admitirán fotocopias del DNI.
Los servicios de correos remitirán toda la documentación a la Oficina del Censo Electoral. Ésta anota en las Listas del Censo que se ha solicitado votar por correo – de modo que YA NO SE PUEDE VOTAR PERSONALMENTE– y remite al elector por correo certificado al domicilio que le haya indicado o, en su defecto, al que figure en el censo.
- Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones y un sobre de votación, en el que se introducirá la papeleta correspondiente.
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le correspondería votar.
- Una hoja explicativa.
Esta documentación también debe ser recogida personalmente por el elector previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.
Una vez el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará, y siguiendo las instrucciones correspondientes, lo remitira junto con el certificado de inscripción en el censo en otro sobre que remitirá por correo certificado hasta el día 18 de Mayo. Debe tenerse en cuenta que no es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre. PERO OS ACONSEJAMOS QUE LO HAGAIS EN PERSONA O A TRAVÉS DE UNA PERSONA DE TOTAL CONFIANZA, NO DEJEIS ESTO EN MANOS DE INTERMEDIARIOS.
El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas mesas a las 9 de la mañana.
Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo. El servicio de correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.
Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona (y se destruirán).
ya podeis controlarlo bien que a veces vota hasta gente que esta muerta
Cuidado con estos mafiosos que os la lian.
Esos mafiosos ya la han liado. Ya se ha pasado papito por la Resi a recoger su preciado botin. Esas monjitas compinchadas que amedretan a nuestros mayores. Ese notario que no se en que esta pensando jugandose su carrera profesional…..
Es verdad por la Resi ya han pasado, eso es legal?, la gente que tiene la cabeza bien, vale, pero los que no?….son unos rastreros!